martes, 23 de febrero de 2016

CONTRATACIÓN PÚBLICA Y PRIVADA.








La contratación pública, tiene lugar cuando las entidades públicas contratan con personas jurídicas o naturales del sector público o privado, para cumplir con algunas de sus obligaciones. Generalmente se ha asociado a la prestación de servicios públicos, a la construcción de obras. La contratación pública pretende ser una herramienta para integrar criterios ambientales, sociales y éticos en la compra o contratación de obras, bienes o servicios de las administraciones públicas.




La contratación privada no requiere convocatoria para ganar algún contrato y es un proceso autónomo que se hace para escoger o seleccionar un proveedor de un bien o servicio que sea de menor cuantía.

PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA

INHABILIDAD, INCOMPATIBILIDAD Y CONFLICTO DE INTERES

INHABILIDAD



Hace relación a la falta de idoneidad, habilidad o falta de capacidad para celebrar válidamente un contrato estatal. La inhabilidad no le permite hacer parte en licitaciones o concursos ni celebrar contratos con las entidades estatales de las personas naturales declaradas judicialmente responsables. 




INCOMPATIBILIDAD



Las incompatibilidades son impedimentos o prohibiciones morales, legales o de convivencia que tienen las personas naturales cuando están desempeñando un cargo público y aun después de haber cesado en su ejercicio. Hace relación con la imposibilidad de coexistencia que cabe predicar respecto de dos o más elementos, circunstancias, cosas e incluso personas.



 


CONFLICTO DE INTERESES



Surge cuando una persona como funcionario o empleado del sector público, es influenciado por consideraciones personales al realizar su trabajo. Así las decisiones son tomadas con base en razones equivocadas. En Colombia los conflictos de intereses se encuentran regulados en un régimen de prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades de orden judicial y legal. 



ETAPAS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN

1   PRE CONTRACTUAL

La etapa pre contractual, inicia con la elaboración del estudio previo y termina con la adjudicación del proceso de contratación.
Dentro de esta etapa, se encuentra prevista la planeación en donde se debe establecer claramente cuál es la necesidad que la entidad pretende satisfacer. Esta etapa es la base fundamental del proceso de contratación ya que se es allí donde se establece el insumo para dar inicio a un proceso de contratación. 

ASPECTOS A TENER EN CUENTA EN LA ETAPA PRE CONTRACTUAL.

  Apropiaciones presupuestales: Es necesario que las áreas técnicas cuenten con la disponibilidad de los recursos que soporten el valor del contrato.
     Verificar que la contratación se encuentra prevista en el plan de contratación.
   Realizar los estudios previos y verificar muy bien la descripción de las especificaciones técnicas de los bienes y servicios a contratar.
     Identificar la modalidad de selección, así como el contrato a celebrar. 


     CONTRACTUAL

PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO.

El contrato se perfecciona con la firma de las partes, es importante señalar que el mismo se debe elevar a escrito y debe ser firmado por parte de la Entidad por la Ordenadora del Gasto y por el contratista el Representante legal, o su delegado o apoderado, si se trata de persona jurídica o por la persona natural que demuestra la capacidad para obligarse. 

EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Para que el contrato se pueda ejecutar, es necesario haber agotado las siguientes etapas:

  • Aprobación de la garantía única, a través del acta de aprobación de garantías.

  • Expedición del certificado de registro presupuestal. 


      POST CONTRACTUAL

    Esta etapa inicia con la terminación del contrato y culmina una vez se haya realizado la liquidación del mismo


LIQUIDACIÓN: Procede por regla general, en los contratos de tracto sucesivo, es decir contratos cuya ejecución se prolonga en el tiempo.


CLASES DE LIQUIDACIÓN:
  • La liquidación de los contratos puede ser:
  • De mutuo acuerdo.
  • Unilateral. 















LICITACIÓN PÚBLICA



LICITACIÓN PÚBLICA 


Se entiende por licitación pública el proceso de selección utilizado por las entidades estatales mediante el cual escoge a sus contratistas a través de una invitación de carácter público que se dirige a todas las personas potencialmente interesadas en ejecutar un contrato, para que en igualdad de condiciones y bajo criterios objetivos garantizados por el pliego de condiciones, presenten ofertas entre las que se escogerá la más favorable. La licitación pública, en la práctica, se reserva para objetos de carácter complejo y mayor valor.




CONCURSO DE MÉRITOS 


Corresponde a la modalidad prevista para la selección de consultores o proyectos, en los que se podrá utilizar sistemas de concurso abierto o de pre calificación. En este último caso, la conformación de la lista de pre calificados se hará mediante convocatoria pública, permitiéndose establecer listas limitadas de oferentes utilizando para el efecto, entre otros, criterios de experiencia, capacidad intelectual y de organización de los proponentes, según sea el caso. 




SELECCIÓN ABREVIADA


La selección abreviada corresponde a la modalidad de selección objetiva prevista en aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados (uso de subastas a la inversa, bolsas de productos o compras por catalogo) para garantizar la eficacia de la gestión contractual.




CONTRATACIÓN DIRECTA

La contratación directa es una modalidad de contratación de carácter excepcional, por lo que su aplicación es de carácter restrictivo. En efecto, la ley de Contratación Publica en Colombia, prevé los siguientes eventos en los cuales es procedente esta modalidad de contratación:

1. En los casos de Urgencia manifiesta. 
2. Contratación de empréstitos. 
3. Cuando no exista pluralidad de oferentes en el mercado. 
4. Para el arrendamiento o adquisición de inmuebles. 
5. Para los contratos interadministrativos. 
6. Para la contratación de bienes y servicios en el sector de Defensa y del DAS que requieran reserva en su contratación. 
7. Para los contratos de desarrollo de actividades científicas y tecnológicas. 
8. Los contratos de encargo fiduciario celebrados por las entidades territoriales según los requisitos previstos en la Ley 1150 de 2007. 
9. Para la ejecución de trabajos artísticos o de prestación de servicios profesionales de apoyo a la gestión.






DIAGRAMA DE FLUJO

CONCLUSIONES.


Como se sabe el sector público es uno de los principales demandantes de bienes, servicios y obras, ya que deben cumplir con los requerimientos que tiene la sociedad en temas de salud, educación, obras civiles, entre otros y a través de la contratación pública se puede ver reflejado la gestión que están haciendo al seleccionar empresas o personas que cumplan con la calidad y la demanda que se requiere para cumplir con los objetivos. 


Dentro de la contratación pública encontramos varias modalidades que le permiten a los entes gubernamentales seleccionar la mejor propuesta y que cumpla con los estándares de calidad, precio, tiempo y entrega. Dentro de los que se destaca la contratación por licitación en donde se pueden tener las mejores ofertas para grandes contratos y se puede evidenciar la transparencia ya que todos los interesados en adquirir el contrato deben cumplir con los requerimientos específicos para hacer parte de los ofertantes. 

Finalmente este tipo de contratación esta soportada por la Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150 de 2007 por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos

BIBLIOGRAFÍA



https://www.udistrital.edu.co/files/dependencias/juridica/2009/132.pdf


http://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/DocEstrategicos/ABCContratacion.pdf